Miércoles, 03 de Diciembre de 2025 | 07:30
Economía

Actualidad tributaria nacional

En materia impositiva, lamentablemente, el fisco nos despide con una serie de medidas reglamentarias que entendemos debemos conocer y estar atentos a su implementación.


Por Cristina Mansilla, directora de la Especialización en Impuestos de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Belgrano.

El 18 de diciembre se publicó la ley N° 27.605, denominada “Aporte solidario, extraordinario y por única vez vinculado a los patrimonios de las personas humanas”, residentes argentinas por los bienes en el país y el exterior, además de alcanzar a aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en “jurisdicciones no cooperantes” o “jurisdicciones de baja o nula tributación. El impuesto determinado resulta de la aplicación de tasas progresivas, aunque quedan exentas de este aporte las personas cuando el valor de la totalidad de sus bienes no exceda de los 200 millones de pesos, inclusive.

 

El 21 de diciembre se publicó la RG 4884 AFIP mediante la cual se subroga la RG N° 2.452 (DGI) que preveía la posibilidad de efectuar válidamente las presentaciones de escritos y aportes de pruebas dentro de las dos primeras horas hábiles administrativas del día siguiente al del vencimiento del plazo respectivo, cuando así lo solicitaren los contribuyentes y responsables.

 

También se publicó ese día la RG 4885 AFIP que introdujo una modificación al régimen de retención de impuesto a las ganancias, bajo la RG 4003-e/17 que alcanza a empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y retirados, así como a los consejeros de las sociedades cooperativas, y a quienes desempeñen cargos públicos a nivel, nacional, provincial para poder deducir la percepción respecto de las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”.

 

El 23 de diciembre se publicó la RG 4886 AFIP que extiende hasta el 31 de enero de 2021, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado para que los contribuyentes realicen electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en la RG N° 4.685, además de eximir la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias por parte de los contribuyentes y responsables, así como la asignación del Nivel de Seguridad 3 para las solicitudes de blanqueo de la Clave Fiscal que se realicen a través de cajeros automáticos.

 

El 30 de diciembre se publicó la RG N° 4896 AFIP, con el fin de amortiguar el impacto negativo de la pandemia coronavirus (COVID-19) y del consecuente “aislamiento social, preventivo y obligatorio” la suspensión del procedimiento sistémico de exclusión de pleno derecho del monotributo hasta el 04/01/2021 inclusive así como el cómputo del plazo para la baja automática por falta de pago de 10 mensualidades.

 

También se publicó la RG N° 4895 AFIP extendiendo hasta el 31 de marzo de 2021, inclusive, el régimen de reintegros para personas humanas -en carácter de consumidores finales- abonen por las compras de bienes muebles realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación, abiertas en entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526.

 

 

Revista Desafío Exportar

Fuente: www.NetNews.com.ar

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