La Reglamentacion del Practicaje Apunta a Bajar sus Tarifas
Finalmente, el decreto presidencial 874/2017, quedó reglamentado. La norma regula el practicaje y pilotaje, quedando éstas ahora bajo la autoridad de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, con el fin de que por su intermedio se garantice la mayor competitividad en el sector. Se busca bajar los costos de las tarifas, principal eje de discusión del Gobierno Nacional con este sector.
El decreto, que fue cuestionado, se ampara en que el practicaje y el pilotaje es un servicio público, regulado y obligatorio (Ley de la Navegación 20.094), razón por la cual –se arguye- es el Estado quien debe establecer las tarifas como la reglamentación con la que se cumplen esos servicios.
Pero, además, y por los mismos argumentos, ahora ya no son los prácticos los responsables finales de los posibles accidentes o siniestros en los canales y ríos navegables, principal reclamo histórico de los hombres que realizan esta actividad. La nueva norma coloca en un plano de igualdad, en un eventual juicio, al práctico con el resto de los profesionales.
Tarifas máximas
Además, y lo más importante, es que establece la fijación de tarifas máximas bajo la potestad del Gobierno, con el argumento de que estos precios repercuten en el comercio y en el incremento de los costos. La prédica de Transporte es clara: pretende garantizar la competitividad en el sector portuario y reducir costos logísticos para generar un círculo virtuoso en toda la cadena de producción.
En ese sentido, Jorge Metz, Subsecretario de Puertos y Vías Navegables, dijo: “la reglamentación en las tarifas máximas del servicio va a potenciar el practicaje y permitirá la transparencia de todo el sector”.
Fuente: www.NetNews.com.ar
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