Sábado, 13 de Diciembre de 2025 | 00:04

El BCRA continúa flexibilizando el mercado

Juan Cruz Miñones Por Juan Cruz Miñones
juancruzminones@gmail.com

En el día de hoy el Banco Central de la Republica Argentina (BCRA) publicó la Comunicación A7990 con la que introduce una pequeña flexibilización al MLC (Mercado Libre de Cambios) orientado puntualmente a las MiPyMEs.

 

 

En primer lugar, incorpora a las importaciones de bienes que se pueden pagar en su totalidad a través del MLC desde los 30 días corridos contados desde la fecha de ingreso aduanero, a las importaciones oficializadas a partir del 15 de abril del 2024 por personas humanas o jurídicas, que clasifiquen como MiPyMe según lo dispuesto en las normas de “Determinación de la condición de micro, pequeña y mediana empresa”, en la medida que no correspondan a automotores terminados, o aquellos posiciones arancelarias que tiene un tratamiento específico en las normas cambiarias, como ser las maquinas minadores de criptomonedas.

 

Es decir que, quien cuente con Certificado MiPyME vigente, y reciba mercadería a partir del próximo lunes 15 de abril, podrá ingresar al ML para pagarla, a partir del 15 de mayo del 2024.

 

También incorpora la posibilidad de pagar a partir del próximo lunes 15 de abril, en forma anticipada hasta el 20% del valor FOB de la mercadería, si son bienes de capital según el Decreto N° 690/02, y que sean cursados por personas humanas o jurídicas que clasifiquen como MiPyME.

 

Por último, y como tercer punto, incorpora dentro de las operaciones que pueden cancelarse totalmente a partir de la fecha de oficialización, a los bienes correspondientes a las posiciones arancelarias de uranio, agua pesada y circonio y sus manufacturas que sean destinadas a la elaboración de energía o combustibles.

 

Cambios recientes del BCRA para las MiPyMEs

Desde la asunción de Javier Milei, venimos viendo modificaciones en las condiciones del MLC, algunas de gran importancia y otras menores, tendiente a regularizar y ordenar la situación de los pagos de importación.

Después de las primeras normas generales, fueron incorporando regulaciones orientadas puntualmente a las MiPyMES como la posibilidad del pago de importación adeudadas, con fecha de oficialización anterior al 13/12/2023, a las MiPyMEs con deuda menor a U$D 500.000 permitiéndoles pagar hasta un total de U$D 250.000 en dos tandas.

 

Requisitos  para ser MiPyME

De acuerdo con la Res 30/2024 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía de la Nación, establece los nuevos valores para categorizar como MiPyME

 

 

 

 

Fuente: www.NetNews.com.ar

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