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MEDIO AMBIENTE 28.01.2016

Cómo impactarán las nuevas medidas en el sector Energético

Efecto estimado de la Resolución 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería

 

La Resolución 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería publicada el 27/1/2016 en el Boletín Oficial representa la primera adaptación de los precios mayoristas de la energía eléctrica encarada por las nuevas autoridades en camino a la reducción de los subsidios y hacia una nueva y más racional formación de precios del sector eléctrico.

La Resolución actualiza los precios del mercado eléctrico mayorista para la programación estacional de verano (hasta el mes de Abril) introduciendo nuevos valores en los precios de referencia de potencia y energía de los usuarios con aumentos significativos e introduciendo diferenciaciones de precios por tipo de usuario y según dos programas o planes nuevos que introduce, uno vinculado al ahorro de energía (Plan Estímulo) y otro destinado a mitigar los efectos de los aumentos sobre hogares de bajos recursos (Tarifa Social).

Un análisis más detallado de los alcances de estos dos programas será presentado en el Informe de Coyuntura Energética de FIEL de fines del mesde Marzo. En un primer análisis de la lectura de la Resolución, consideramos que el Plan Estimulo constituye, a pesar de las buenas intenciones de incentivar el ahorro de energía, un error de diseño que lleva a un exceso de diferenciación tarifaria de dudosa efectividad respecto a sus objetivos (por la contingencia de los shocks de temperatura) y que agrega una innecesaria opacidad a los precios del sistema que efectivamente pagan los usuarios. Entendemos que no existe evidencia bien fundamentada empíricamente, en el país o en el exterior, que avale la adopción de este programa y la sensación es que la nueva administración extendió a los precios de la energía eléctrica el error de diseño implementado por la anterior administración en el sector de gas natural.1 El programa de Tarifa Social resulta un gran avance respecto a las prácticas de la gestión anterior en varias dimensiones que van desde objetivos, manejo de bases de datos y autoridad de aplicación y control, pero las dudas que subsisten sobre su diseño, efectividad e incidencia distributiva van a requerir evaluar el esquema con métodos más precisos que lo que podemos adelantar en esta nota

El impacto de la Resolución 6/2016 sobre los subsidios a la energía eléctrica es sin duda el aspecto más saliente desde el punto de vista macro-fiscal y de reorganización del mercado eléctrico. Siguiendo la metodología del documento de trabajo de FIEL Nº1223 es posible cuantificar una estimación del impacto de la Resolución 6/2016 sobre los subsidios fiscales a la energía eléctrica en un contexto en dónde no solo se elevan los precios de la programación estacional como lo hace la Resolución, sino que se incluyen también los efectos de la devaluación del peso luego de la salida del cepo de Diciembre de 2015 y del aumento esperado (o conjetural) del precio del gas natural que va a tener que pagar el sector eléctrico en la próxima adaptación de los precios del gas natural.

La siguiente Figura resume los resultados de nuestras estimaciones y muestra el valor en dólares corrientes de los subsidios a la energía eléctrica del año 2014 y los correspondientes al final (Diciembre) del año 2015. Sobre ellos se simulan efectos adicionales o incrementales (es decir cada uno se suma al anterior) de: i) el efecto-impacto de la devaluación de Diciembre de 2015;

ii) El aumento hipotético en el precio del gas natural que paga el sector eléctrico y

iii) el aumento en el precio promedio que paga la demanda luego de la Resolución 6/2016.

Este nuevo precio promedio ponderado que paga la demanda, que estimamos en el entorno de los 33 dólares por MWh, depende de supuestos sobre los precios que paga cada categoría de usuario y de los precios efectivos que van a resultar del Plan Estimulo (en función de la distribución de ahorros estimados) y de la Tarifa Social.

Los resultados indican que la Resolución 6/2016 va a tener un impacto muy significativo sobre los subsidios, del orden de los 3400 millones de dólares corrientes o, de modo equivalente, un valor cercano al 0.7% del PIB. Este es un límite inferior si otros cambios de la Resolución, como el mayor cumplimiento de los atrasos con CAMMESA por parte de agentes del mercado, pueden llevarse a cabo rápidamente. Pero el efecto neto de la Resolución una vez que se tiene en cuenta la devaluación de Diciembre de 2015 (que aumentó los subsidios en 400 millones de dólares) y el posible aumento en el precio del gas que paga el sector eléctrico (que agrega otros 1100 millones de dólares) se reduce al entorno de los 2000 millones de dólares o 0.4% del PIB. Los órdenes de magnitud de las reducciones de subsidios simuladas en este ejercicio confirman el enfoque gradualista hacia la eliminación de subsidios adoptado por parte de la nueva administración. 

 

Fuente: FIEL @Fundacion_Fiel

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