El gobierno fijó por decreto los parámetros para otorgar la cuota Hilton
Con el fin de "garantizar a los actores del sector cárnico un horizonte de previsibilidad a mediano plazo para las inversiones y para la planificación de su actividad productiva, lo cual les permitirá desarrollar una acción exportadora acorde con las exigencias del mercado" el presidente de la nación, Mauricio Macri firmó el decreto 377 que estable las condiciones para la "Cuota Hilton"
El decreto establece que "Para el ciclo comercial comprendido entre el 1° de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 se utilizará el criterio de antecedentes de exportación de cortes Hilton del año 2018. Para los restantes ciclos comerciales, se utilizará el criterio de antecedentes de exportación de cortes Hilton y no Hilton, a todo destino, correspondiente a los tres años calendarios anteriores inmediatos, con las ponderaciones que se establezcan para llegar a un equilibrio entre ambos cortes al final del período".
El cupo es para 29.500 toneladas carnes vacunas de calidad superior fresca, refrigerada o congelada y de carnes de búfalo congelada.
La Secretaría de Gobierno de Agroindustria es el organismo responsable para suscribir los actos administrativos concernientes al otorgamiento de certificaciones, cupos y cuotas, así como cualquier otro documento complementario, conforme los lineamientos fijados por el Comité de Administración de Cupos y Cuotas de Exportación, -Organismo creado en enero de este año- dependiente la de Sacretaría de Comercio Exteroir del Ministerio de Producción y Trabajo.
El decreto entre otros puntos también establece un "Fondo de Libre Disponibilidad" que estará integrado por las toneladas que no resulten asignadas, las toneladas a las que los beneficiarios renuncien voluntariamente en el plazo que la autoridad competente determine y las toneladas que surjan de la pérdida de diferencia de tonelaje no exportado.
Fuente: www.NetNews.com.ar
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