Nueva Regulación Técnica para Equipos Eléctricos
Una actualización integral en la normativa argentina busca modernizar y simplificar los procesos técnicos para la comercialización de equipos eléctricos, generando importantes implicancias para los operadores en comercio exterior y la industria argentina. Alcances de la Resolución 16/2025
El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Industria y Comercio, publicó hoy la Resolución 16/2025, que introduce un nuevo reglamento técnico destinado a establecer los requisitos mínimos de calidad y seguridad para el equipamiento eléctrico comercializado en el país. Esta medida no solo responde a la necesidad de actualizar estándares que, según las evaluaciones recientes, se encontraban desfasados respecto a los parámetros internacionales, sino que también se enmarca en una política de simplificación y desburocratización de los trámites estatales.
Contexto y Antecedentes Legislativos
La resolución se fundamenta en un extenso cuerpo normativo, citando leyes y decretos que han regido la seguridad y calidad de productos en Argentina durante décadas. Entre ellos se destacan las Leyes N° 24.425 y 24.240, que en sus artículos establecen obligaciones claras para proveedores en cuanto a la veracidad de la información y la garantía de seguridad de los productos. Asimismo, se hace referencia al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, contenido en el Acuerdo de Marrakech de la OMC, lo cual reafirma el compromiso del Estado de adoptar medidas que, sin restringir el comercio, aseguren la protección de la salud, el medio ambiente y la calidad de las exportaciones.
El nuevo reglamento deroga normativas anteriores —como las Resoluciones 731/87, 524/98 y 169/18—, integrando y unificando los procedimientos para la evaluación de la conformidad. Con ello, el Estado busca eliminar barreras que puedan obstaculizar el funcionamiento eficiente de los mercados internos y externos.
Principales Cambios y Medidas
La resolución establece que todos los fabricantes e importadores deberán adherirse a una serie de obligaciones que incluyen:
- Declaración Jurada de Conformidad: Todo operador deberá asegurar que sus productos cumplen con los nuevos requisitos, implementando un sistema de auto-declaración y sometiéndose al procedimiento de evaluación de conformidad descrito en el anexo correspondiente.
- Documentación Accesible: Distribuidores y comercializadores deberán disponer de copias (en formato digital o papel) de la declaración jurada, lo cual podrá ser verificado en cualquier inspección.
- Digitalización de Trámites: La implementación de procedimientos a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) responde a la tendencia global de digitalización y simplificación administrativa, reduciendo tiempos y costos para los operadores.
Además, se establece un período transitorio de un año para que los certificados emitidos bajo el régimen anterior mantengan su vigencia, permitiendo que fabricantes, importadores, organismos de certificación y laboratorios de ensayo se adapten progresivamente a la nueva normativa.
Retos y Oportunidades
Alineación con Estándares Internacionales: La actualización de los estándares técnicos no solo garantiza un nivel más elevado de seguridad y calidad en los productos, sino que también facilita el acceso a mercados internacionales, al contar con una normativa más acorde con las prácticas globales.
Reducción de Barreras y Simplificación de Procesos: La unificación de reglamentos y la digitalización de los trámites representan una simplificación significativa para aquellos que operan en el ámbito internacional. Con procedimientos más claros y centralizados, se espera una mayor transparencia y eficiencia en la cadena de suministro y comercialización.
Necesidad de Adecuación y Actualización: Si bien la medida ofrece un marco transitorio para adaptarse a los cambios, los operadores deberán invertir en la actualización de sus procesos internos y en la capacitación de su personal para garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones. La exigencia de la declaración jurada y la adopción de nuevos procedimientos de evaluación pueden implicar ajustes operativos y financieros a corto plazo.
Riesgos en Caso de Incumplimiento: La resolución detalla que las infracciones serán sancionadas conforme a lo estipulado en la Ley N° 24.240 y el Decreto N° 274/19, lo que implica que los operadores deben ser especialmente rigurosos en la implementación de los nuevos estándares para evitar sanciones que podrían tener consecuencias penales, civiles o administrativas.
Expertos en comercio exterior y regulación industrial destacan que esta resolución es un paso firme hacia la modernización del marco normativo argentino debido a que la integración y actualización de los reglamentos técnicos no solo facilita la labor de quienes participan en el comercio internacional, sino que también fortalece la imagen del país en el ámbito global, demostrando un compromiso real con la seguridad, la calidad y la innovación
Sin embargo, aunque la medida no ha sido analizada por las principales cámaras del sector, las reducciones arancelarias y desregulaciones similares afectan negativamente la competitividad de las empresas nacionales, especialmente las pequeñas y medianas, ya que estas políticas facilitan la importación de productos, poniendo en desventaja a la producción local y generando riesgos para el empleo y la inversión en el sector.
El principal obstáculo no es la falta de inversiones o el temor a la competencia de productos importados, sino la pérdida de competitividad debido a los altos costos que enfrentan los fabricantes argentinos.
Por su parte, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, en su cuenta de X explicó que esta medidas eliminan la necesidad de certificación eléctrica cuando el producto cumple con las normas IEC (que es el órgano internacional en electrotecnia). También se libera de cualquier control a los productos de menos de 50V; se simplifica la propia certificación si hubiera que hacerla para un producto nacional; se elimina la intervención de la Aduana en este tema; y, finalmente, se abre el juego a nuevas modalidades de enchufes y al uso de adaptadores certificados.
"Por eso, vamos a decirlo sencillamente: si el equipo que estás importando tiene los logos CE (Europa), EAC (Eurasia), CCC (China), UKCA (Gran Bretaña), NOM (México), SEC (Chile), Inmetro (Brasil), UL (EE.UU., entre otras varias), etc., ya no se necesita ninguna aprobación o certificación del Estado. La Aduana no tiene nada que decir ni pedirte. Adjunto algunos ejemplos de electrodomésticos de mi hogar. ¡VLLC!"
Fuente: www.NetNews.com.ar
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